Ampliase a QUINCE (15) días hábiles el plazo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 1095/96 modificado por los Decretos N° 1161/00 y N° 974/16, para la presentación de los informes de movimientos de sustancias correspondientes al primer, segundo, tercer y cuarto trimestre del año 2018.
Resolución 489/2018