El Documento de Tránsito Sanitario Vegetal DTV,(Res. Senasa N° 31/15), es obligatorio para el traslado en fresco de raíces, bulbos y tubérculos con destino a consumo e industrialización de batata; la papa; los tubérculos indígenas, tales como papa indígena, papa lisa, oca, mashua y otras especies de Solanum sect. Tuberarium; el ajo y la cebolla, que pudiesen comercializarse dentro del país, importarse o exportarse, cualquiera fuere su calidad y modalidad, independientemente de su origen.
Disposición Conjunta 3/2018