Hácese lugar a la excepción al cumplimiento del artículo 3º de la Ley 25.630, solicitada por la firma “IMPORTADORA SUDAMERICANA S.R.L.”, autorizándola a elaborar, con empleo de harina sin enriquecer, de acuerdo con la mencionada Ley y su Decreto Reglamentario Nº 597/03, los productos: Barra de Cereal con Nueces (Nuts) – marca CORNY BIG -; Barra de Cereal con Maní y Chocolate (Peanut – Chocolate) – marca CORNY BIG; Barra de Cereal con Chocolate (Chocolate) – marca CORNY BIG; Barra de Cereal con Chocolate y Banana (Chocolate - Banana) – marca CORNY BIG y Barra de Cereal con Arándano (Cranberry) – marca CORNY BIG .
Resolución 281-E/2018