En aquellos productos importados a granel que se fraccionen en territorio nacional, deberá consignarse en su marbete identificatorio, el nombre del país del cual es originario el producto. Para tal fin, se utilizará un tamaño de letra que no sea inferior a 3 mm, debiéndose declarar esta denominación en forma destacada, horizontal, paralela a la base del envase y separada de otros textos que posea el etiquetado.
Resolución 176-E/2017